En “Camera Café”, la serie de televisión que se emitió, de manera ininterrumpida -tuvo una primera etapa de 2002 a 2004-, desde 2005 hasta 2009, la pausa para el café era la excusa para que una serie de empleados de una oficina interactuaran entre sí. La serie humorística, como formato, nació en Francia, y se exportó al resto de Europa, España incluida. Este año se ha estrenado su versión cinematográfica.
Los ingredientes cómicos de cada capítulo tenían mucho de costumbrismo, y los personajes representaban un rol distinto, más o menos estereotipado, casi siempre al borde del ataque de nervios. Por allí desfilaba el vigilante de seguridad, la secretaria del director, la becaria, el informático, la limpiadora. El propietario del bar de abajo…
La historia ficticia puede más o menos parecerse a la realidad -a veces, la ficción se queda corta-, así que veamos cómo de legal es esto de las pausas para el café. ¿Están reconocidas por ley? Lo reconoce el Estatuto de Trabajadores. Pese a ser un derecho poco conocido, lo cierto es que tenemos derecho a recesos de quince minutos (si la jornada laboral supera las 6 horas).
La pandemia, sin duda, ha afectado también a estos descansos, en especial a quienes se han visto trabajando a distancia. El teletrabajo ha relegado a muchos a sus hogares, convertidos en oficina 24 horas. ¿Sigue teniendo sentido este break en casa? ¡Por supuesto! Y en los centros de trabajo convencionales: fábricas, oficinas, comercios, obras.
Lo dicho, son todo ventajas. No perdamos la oportunidad de hacer el descanso preceptivo. Nuestras jornadas serán más productivas, creativas y, sobre todo, felices.